Documentos. CDE Universitat de València

Tribunal Europeo de Cuentas. Informe especial 28/2023: Contratación pública en la UE. La competencia en la adjudicación de contratos de obras, bienes o servicios ha disminuido en los diez años anteriores a 2021 | DOUE C/2023/1259, 05.12.2023

La contratación pública constituye un elemento clave del mercado único de la UE. Ayuda a los poderes públicos de los Estados miembros a lograr la mejor relación calidad-precio al adquirir obras, bienes o servicios mediante la selección de las empresas con mejores resultados. Esto a su vez contribuye a la competitividad de los mercados y salvaguarda el interés público. Constatamos que, en los últimos diez años, ha disminuido la competencia en los contratos públicos, y no hay indicios de que la reforma de 2014 vaya a invertir esta tendencia. Hay una falta general de concienciación sobre la competencia en la contratación pública. No se utilizan sistemáticamente los datos disponibles para identificar las causas profundas de esta disminución y solamente se han adoptado medidas dispersas para reducir los obstáculos. Concluimos que no se han cumplido los objetivos clave de la reforma de la UE de 2014 para garantizar la competencia, como simplificar y abreviar los procedimientos de contratación pública, y es incluso posible que algunos de ellos la reduzcan. Recomendamos aclarar y priorizar los objetivos de la contratación pública, colmar las lagunas que existen en los datos de contratación pública recabados, mejorar sus instrumentos de supervisión para lograr un mejor análisis, analizar más a fondo las causas profundas, y presentar un plan de acción para reducir obstáculos a la competencia en la contratación pública.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-148/21 (Commune d’Ans) de 28 de noviembre de 2023 
Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2000/78/CE — Establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación — Prohibición de discriminación por motivos de religión o convicciones — Sector público — Reglamento de trabajo de una administración pública que prohíbe el uso visible de cualquier signo filosófico o religioso en el lugar de trabajo — Pañuelo islámico — Exigencia de neutralidad en los contactos con el público, los superiores jerárquicos y los compañeros de trabajo
En el asunto C‑148/22, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el tribunal du travail de Liège (Tribunal de lo Laboral de Lieja, Bélgica), mediante resolución de 24 de febrero de 2022, recibida en el Tribunal de Justicia el 2 de marzo de 2022, en el procedimiento entre OP y Commune d’ Ans (Curia, 28.11.2023)

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