La Comisión celebra el acuerdo unánime anunciado la noche pasada por la presidencia checa del Consejo de la UE sobre la propuesta de Directiva de la Comisión por la que se garantiza un tipo impositivo efectivo mínimo para los grandes grupos multinacionales. Mediante este acuerdo histórico está cerca de cumplirse el compromiso de la UE de contarse entre los primeros en aplicar el acuerdo de reforma fiscal de la OCDE. Una vez aplicado, este acuerdo aportará equidad, transparencia y estabilidad al marco internacional del impuesto de sociedades.

La Directiva del Consejo, que se adoptará formalmente mediante procedimiento escrito del Consejo, abarca un conjunto común de normas sobre la manera de calcular el tipo impositivo mínimo efectivo del 15 %, de modo que se aplique de manera apropiada y coherente en toda la UE. El tipo impositivo mínimo del 15 % ha sido acordado a escala mundial por 137 países.

Las normas se aplicarán a los grupos multinacionales de empresas y a los grupos nacionales de gran tamaño presentes en la UE que tengan unos ingresos financieros combinados de más de 750 millones de euros al año. Se aplicarán a cualquier gran grupo, tanto nacional como internacional, que tenga una sociedad matriz o una filial en un Estado miembro de la UE. Si el tipo efectivo mínimo no es aplicado por el país en el que esté establecida una filial, se contempla que el Estado miembro de la sociedad matriz pueda aplicar un impuesto complementario. Esta Directiva también garantiza la imposición efectiva en situaciones en las que la sociedad matriz está situada fuera de la UE, en un país con bajos niveles impositivos que no aplique normas equivalentes. Los Estados miembros deberán transponer la nueva normativa a más tardar el 31 de diciembre de 2023. | RAPID, IP/22/7674, 13.12.2022

Comunicación con arreglo al artículo 294 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre la posición del Consejo sobre la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo destinada a mejorar el equilibrio de género entre los administradores no ejecutivos de las empresas cotizadas y por la que se establecen medidas afines (COM(2022) 534 final, 18.10.2022)

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea. Asunto T-604/18 (Google y Alphabet/Comisión (Google Android)) de 14 de septiembre de 2022
Concurrence – Abus de position dominante – Appareils mobiles intelligents – Décision constatant une infraction à l’article 102 TFUE et à l’article 54 de l’accord EEE – Notions de plateforme et de marché multiface (« écosystème ») – Système d’exploitation (Google Android) – Boutique d’applications (Play Store) – Applications de recherche et de navigation (Google Search et Chrome) – Accords avec les fabricants d’appareils et les opérateurs de réseaux mobiles – Infraction unique et continue – Notions de plan d’ensemble et de comportements mis en œuvre dans le cadre de la même infraction (groupements de produits, paiements d’exclusivité et obligations anti-fragmentation) – Effets d’éviction – Droits de la défense – Compétence de pleine juridiction
Dans l’affaire T-604/18, Google LLC, établie à Mountain View, Californie (États-Unis), Alphabet, Inc., établie à Mountain View, représentées par Mes N. Levy, J. Schindler, A. Lamadrid de Pablo, J. Killick, A. Komninos, G. Forwood, avocats, MM. P. Stuart, D. Gregory, H. Mostyn, barristers, et M. Pickford, QC, parties requérantes, soutenues par Application Developers Alliance, établie à Washington, D.C. (États-Unis), représentée par MM. A. Parr, S. Vaz, solicitors, et Me R. Baena Zapatero, avocat, par Computer & Communications Industry Association, établie à Washington, D.C., représentée par MM. E. Batchelor, T. Selwyn Sharpe, solicitors, et Me G. de Vasconcelos Lopes, avocate, par Gigaset Communications GmbH, établie à Bocholt (Allemagne), représentée par Me J.-F. Bellis, avocat, par HMD global Oy, établie à Helsinki (Finlande), représentée par Mes M. Glader et M. Johansson, avocats, et par Opera Norway AS, anciennement Opera Software AS, établie à Oslo (Norvège), représentée par Mes  Glader et Johansson, avocats, parties intervenantes, contre Commission européenne, représentée par MM. N. Khan, A. Dawes, C. Urraca Caviedes et F. Castillo de la Torre, en qualité d’agents, partie défenderesse, soutenue par BDZV – Bundesverband Digitalpublisher und Zeitungsverleger eV, anciennement Bundesverband Deutscher Zeitungsverleger eV, établie à Berlin (Allemagne), représentée par M. T. Höppner, professeur, et Me P. Westerhoff, avocat, par Bureau européen des unions de consommateurs (BEUC), établi à Bruxelles (Belgique), représenté par Me A. Fratini, avocate, par FairSearch AISBL, établie à Bruxelles, représentée par Mes T. Vinje, D. Paemen et K. Missenden, avocats, par Qwant, établie à Paris (France), représentée par M. T. Höppner, professeur, et Me Westerhoff, avocat, par Seznam.cz, a.s., établie à Prague (République tchèque), représentée par Mes M. Felgr, Vinje, Paemen, J. Dobrý et P. Chytil, avocats, et par Verband Deutscher Zeitschriftenverleger eV, établie à Berlin, représentée par M. Höppner, professeur, et Me Westerhoff, avocat, parties intervenantes (Curia, 14.9.2022)

La Comisión Europea ha propuesto hoy una Directiva que garantiza un tipo impositivo efectivo mínimo para las actividades mundiales de los grandes grupos multinacionales. La propuesta responde al compromiso de la UE de avanzar con extrema rapidez y figurar entre las primeras en aplicar el reciente e histórico acuerdo mundial de reforma fiscal [1], cuyo objetivo es aportar equidad, transparencia y estabilidad al marco internacional del impuesto sobre sociedades. La propuesta de hoy sigue de cerca el acuerdo internacional y establece cómo se aplicarán en la práctica en la UE los principios del tipo impositivo efectivo del 15 %, acordado por 137 países. Incluye un conjunto común de normas sobre cómo calcular este tipo impositivo efectivo, de modo que se aplique correcta y coherentemente en toda la UE. | RAPID, IP/21/7028, 22.12.2021

CoverSmart Data for Multinational enterprises (MNEs) – using open source data to obtain information on Multinational enterprises — 2021 edition

Trusted Smart Statistics endeavour aims to develop statistics in datafied societies, leveraging information from the web (Web Intelligence), using innovative data collection methods and “smart systems”. Within the framework of Trusted Smart Statistics and Web Intelligence, this paper presents the results of a proof-of-concept of retrieving information about MNEs and enterprise groups from open source data from the web. It brings together the results of research undertaken within the framework of “Smart Data for MNEs” including scoping and assessment of relevant data sources for developing the necessary components of web scraped data, processing the information for further analysis, transforming and visualising this information, exploiting relevant aspects in order to enhance and extend the availability of information on MNEs. The results of this study provide input for the developments within the Trusted Smart Statistics framework, leveraging information from the web. [+]

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-882/19 (Sumal) de 6 de octubre de 2021
Procedimiento prejudicial — Competencia — Compensación de los daños causados por una práctica prohibida por el artículo 101 TFUE, apartado 1 — Determinación de las entidades responsables de la compensación — Acción de resarcimiento ejercitada contra la filial de una sociedad matriz a raíz de una decisión por la que se declara que solo la sociedad matriz ha participado en un cártel — Concepto de “empresa” — Concepto de “unidad económica”
En el asunto C‑882/19, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Audiencia Provincial de Barcelona, mediante auto de 24 de octubre de 2019, recibido en el Tribunal de Justicia el 3 de diciembre de 2019, en el procedimiento entre Sumal, S. L., y Mercedes Benz Trucks España, S. L. (Curia, 6.10.2021)

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