Propuesta de Directiva sobre las empresas en Europa: marco para la fiscalidad de la renta (BEFIT) (COM(2023) 532 final, 12.9.2023)
Decisión iniciativa ciudadana europea Gravar las grandes fortunas
Decisión de Ejecución 2023/1487 de la Comisión de 11 de julio de 2023 sobre la solicitud de registro de la iniciativa ciudadana europea denominada Gravar las grandes fortunas para financiar la transición ecológica y social (DOUE L 182/197, 19.7.2023)
Iniciativa Ciudadana Europea para gravar las grandes fortunas en la UE
La Comisión ha decidido hoy registrar una Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) titulada «Gravar las grandes fortunas para financiar la transición ecológica y social». Los organizadores de la iniciativa piden a la Comisión que establezca un impuesto a nivel europeo sobre las grandes fortunas en beneficio de la transición ecológica y social. El objetivo de la iniciativa es impulsar la lucha contra el cambio climático y contra la desigualdad en toda la UE, así como garantizar que los ciudadanos europeos paguen la parte que les corresponde a fin de que se alcancen estos objetivos.
La decisión de registro es de carácter jurídico y no prejuzga las conclusiones jurídicas y políticas definitivas de la Comisión sobre esta iniciativa ni las medidas que se propondría adoptar, si procede, en caso de que la iniciativa obtenga el apoyo necesario. Puesto que la Iniciativa Ciudadana Europea cumple las condiciones formales establecidas en la legislación pertinente, la Comisión considera que es jurídicamente admisible. En esta etapa, la Comisión no ha analizado todavía el fondo de la propuesta. | RAPID, IP/23/3741, 11.7.2023
Mejora de los procedimientos de retención a cuenta y fraude fiscal
La Comisión Europea ha propuesto hoy nuevas normas para que los procedimientos de retención a cuenta en la UE sean más eficientes y seguros para los inversores, los intermediarios financieros (por ejemplo, los bancos) y las administraciones tributarias de los Estados miembros. Esta iniciativa, que es un elemento clave de la Comunicación sobre la fiscalidad de las empresas para el siglo XXI y del Plan de acción de la Comisión Europea para la unión de los mercados de capitales de 2020, promoverá una fiscalidad más justa, combatirá el fraude fiscal y sustentará las inversiones transfronterizas en toda la UE.
El término de «retención a cuenta» se refiere, por ejemplo, a la situación en la que un inversor residente en un Estado miembro de la UE está obligado a pagar impuestos sobre los intereses o dividendos obtenidos en otro Estado miembro. Este es el caso a menudo de los inversores transfronterizos. En tal situación, a fin de evitar la doble imposición, numerosos Estados miembros de la UE han firmado convenios de doble imposición que evitan que una misma persona o empresa tribute dos veces. Estos convenios permiten a un inversor transfronterizo presentar una solicitud de devolución por cualquier exceso de impuestos pagado en otro Estado miembro.
El problema es que estos procedimientos de reembolso son a menudo largos, costosos y engorrosos, lo que genera frustración para los inversores y desanima la inversión transfronteriza e internacional en la UE. En la actualidad, los procedimientos de retención a cuenta aplicados en cada Estado miembro son muy diferentes. Los inversores tienen que tratar más de 450 formularios distintos en toda la UE, la mayoría de los cuales únicamente en las lenguas nacionales. Los escándalos «Cum/Ex» y «Cum/Cum» también han demostrado cómo se pueden abusar de los procedimientos de reembolso: las pérdidas fiscales derivadas de esas prácticas se han calculado en 150 000 millones de euros en los ejercicios comprendidos entre 2000 y 2020. | RAPID, IP/23/3301, 16.6.2023
Directiva nivel mínimo de imposición para los grupos de empresas multinacionales
Directiva 2022/2523 del Consejo de 14 de diciembre de 2022 relativa a la garantía de un nivel mínimo global de imposición para los grupos de empresas multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud en la Unión (DOUE L 328/01, 22.12.2022)
Informe sobre la evaluación final del programa Fiscalis 2020 (COM(2022) 745 final, 13.12.2022)
La Comisión celebra el acuerdo sobre la imposición mínima de las multinacionales
La Comisión celebra el acuerdo unánime anunciado la noche pasada por la presidencia checa del Consejo de la UE sobre la propuesta de Directiva de la Comisión por la que se garantiza un tipo impositivo efectivo mínimo para los grandes grupos multinacionales. Mediante este acuerdo histórico está cerca de cumplirse el compromiso de la UE de contarse entre los primeros en aplicar el acuerdo de reforma fiscal de la OCDE. Una vez aplicado, este acuerdo aportará equidad, transparencia y estabilidad al marco internacional del impuesto de sociedades.
La Directiva del Consejo, que se adoptará formalmente mediante procedimiento escrito del Consejo, abarca un conjunto común de normas sobre la manera de calcular el tipo impositivo mínimo efectivo del 15 %, de modo que se aplique de manera apropiada y coherente en toda la UE. El tipo impositivo mínimo del 15 % ha sido acordado a escala mundial por 137 países.
Las normas se aplicarán a los grupos multinacionales de empresas y a los grupos nacionales de gran tamaño presentes en la UE que tengan unos ingresos financieros combinados de más de 750 millones de euros al año. Se aplicarán a cualquier gran grupo, tanto nacional como internacional, que tenga una sociedad matriz o una filial en un Estado miembro de la UE. Si el tipo efectivo mínimo no es aplicado por el país en el que esté establecida una filial, se contempla que el Estado miembro de la sociedad matriz pueda aplicar un impuesto complementario. Esta Directiva también garantiza la imposición efectiva en situaciones en las que la sociedad matriz está situada fuera de la UE, en un país con bajos niveles impositivos que no aplique normas equivalentes. Los Estados miembros deberán transponer la nueva normativa a más tardar el 31 de diciembre de 2023. | RAPID, IP/22/7674, 13.12.2022
Sentencia TJUE. Asunto C-694/20 (Orde van Vlaamse Balies y otros) de 8 de diciembre de 2022
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto acumulados C-694/20 (Orde van Vlaamse Balies y otros) de 8 de diciembre de 2022
Procedimiento prejudicial — Cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad — Intercambio automático y obligatorio de información en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información — Directiva 2011/16/UE, en su versión modificada por la Directiva (UE) 2018/822 — Artículo 8 bis ter, apartado 5 — Validez — Secreto profesional de los abogados — Dispensa de la obligación de comunicar información a favor del abogado intermediario sujeto a secreto profesional — Obligación de dicho abogado intermediario de notificar sus obligaciones de comunicación de información a cualquier otro intermediario que no sea su cliente — Artículos 7 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea
En el asunto C-694/20, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Grondwettelijk Hof (Tribunal Constitucional, Bélgica), mediante resolución de 17 de diciembre de 2020, recibida en el Tribunal de Justicia el 21 de diciembre de 2020, en el procedimiento entre Orde van Vlaamse Balies, IG, Belgian Association of Tax Lawyers, CD, JU y Vlaamse Regering (Curia, 8.12.2022)
Dictamen Comité Económico y Social Europeo sobre Fiscalidad digital
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre Fiscalidad digital (Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia checa) (DOUE C 443/08, 22.11.2022)
Dictamen Comité Económico y Social Europeo Fiscalidad de los teletrabajadores transfronterizos
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre Fiscalidad de los teletrabajadores transfronterizos y sus empleadores (Dictamen de iniciativa) (DOUE C 443/02, 22.11.2022)