Jueves, 21 Septiembre 2023 08:03

Entra en vigor la Ley Europea de Chips

Hoy entra en vigor la Ley Europea de Chips. Establece un conjunto integral de medidas para garantizar la seguridad del suministro, la resiliencia y el liderazgo tecnológico de la UE en tecnologías y aplicaciones de semiconductores.

Los semiconductores son los componentes esenciales de los productos digitales y digitalizados. Desde teléfonos inteligentes y automóviles, pasando por aplicaciones e infraestructuras críticas para la atención sanitaria, la energía, la defensa, las comunicaciones y la automatización industrial, los semiconductores son fundamentales para la economía digital moderna. También están en el centro de fuertes intereses geoestratégicos y de la carrera tecnológica global.

Concretamente, la Ley Europea de Chips fortalecerá las actividades de fabricación en la Unión, estimulará el ecosistema de diseño europeo y apoyará la ampliación y la innovación en toda la cadena de valor. A través de la Ley Europea de Chips, la Unión Europea pretende alcanzar su objetivo de duplicar su actual cuota de mercado mundial hasta el 20% en 2030.

RAPID, IP/23/4518, 21.9.2023

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-162/22 (Lietuvos Respublikos generalinė prokuratūra) de 7 de septiembre de 2023 
Procedimiento prejudicial — Telecomunicaciones — Tratamiento de los datos personales en el sector de las comunicaciones electrónicas — Directiva 2002/58/CE — Ámbito de aplicación — Artículo 15, apartado 1 — Datos conservados por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas y puestos a disposición de las autoridades encargadas de los procesos penales — Utilización posterior de esos datos con ocasión de una investigación sobre una conducta indebida en el ejercicio del cargo
En el asunto C‑162/22, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Tribunal Supremo de lo Contencioso‑Administrativo de Lituania), mediante resolución de 24 de febrero de 2022, recibida en el Tribunal de Justicia el 3 de marzo de 2022, en el procedimiento incoado por A. G. con intervención de: Lietuvos Respublikos generalinė prokuratūra (Curia, 7.9.2023)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-376/20 P (Comisión/CK Telecoms UK Investment) de 13 de julio de 2023
Pourvoi – Concurrence – Règlement (CE) no 139/2004 – Contrôle des concentrations d’entreprises – Services de télécommunications mobiles – Décision déclarant une concentration incompatible avec le marché intérieur – Marché oligopolistique – Entrave significative à une concurrence effective – Effets non coordonnés – Niveau de preuve – Marge d’appréciation de la Commission européenne en matière économique – Limites du contrôle juridictionnel – Lignes directrices sur les concentrations horizontales – Facteurs pertinents pour démontrer une entrave significative à une concurrence effective – Notions d’“important moteur de la concurrence” et de “concurrents proches” – Proximité de concurrence entre les parties à la concentration – Analyse quantitative des effets de la concentration projetée sur les prix – Gains d’efficacité – Dénaturation – Grief soulevé d’office par le Tribunal de l’Union européenne – Annulation
Dans l’affaire C‑376/20 P, ayant pour objet un pourvoi au titre de l’article 56 du statut de la Cour de justice de l’Union européenne, introduit le 7 août 2020, Commission européenne, représentée initialement par MM. G. Conte, M. Farley, J. Szczodrowski et C. Urraca Caviedes, puis par MM. F. Castillo de la Torre, G. Conte, M. Farley, J. Szczodrowski et C. Urraca Caviedes, en qualité d’agents, partie requérante, soutenue par : Autorité de surveillance AELE, représentée initialement par Mme C. Simpson, MM. M. Sánchez Rydelski et C. Zatschler, puis par Mme C. Simpson et M. M. Sánchez Rydelski, en qualité d’agents, partie intervenante au pourvoi, les autres parties à la procédure étant: CK Telecoms UK Investments Ltd, établie à Londres (Royaume-Uni), représentée initialement par MM. J. Aitken, K. Asakura, Mmes A. Coe, M. Davis, S. Prichard, solicitors, Me O. W. Brouwer, advocaat, M. B. Kennelly, SC, Me A. Müller, advocate, et Me T. Wessely, Rechtsanwalt, puis par MM. J. Aitken, K. Asakura, Mmes A. Coe, M. Davis, solicitors, Me O. W. Brouwer, advocaat, M. B. Kennelly, SC, Me A. Müller, advocate, et Me T. Wessely, Rechtsanwalt, partie demanderesse en première instance, Royaume-Uni de Grande-Bretagne et d’Irlande du Nord, représenté initialement par M. S. Brandon, puis par M. F. Shibli, en qualité d’agents, EE Ltd, établie à Hatfield (Royaume-Uni), parties intervenantes en première instance (Curia, 13.7.2023)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-339/21 (Colt Technology Services y otros) de 16 de marzo de 2023
Procedimiento prejudicial — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Directiva (UE) 2018/1972 — Artículo 13 — Condiciones asociadas a la autorización general — Anexo I, parte A, punto 4 — Permiso de interceptación legal por las autoridades nacionales competentes — Artículo 3 — Objetivos generales — Normativa nacional en materia de reembolso de los costes derivados de las actividades de interceptación ordenadas a los operadores de telecomunicaciones por las autoridades judiciales — Inexistencia de mecanismo de reembolso íntegro — Principios de no discriminación, proporcionalidad y transparencia
En el asunto C‑339/21, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Consiglio di Stato (Consejo de Estado, Italia), mediante resolución de 11 de mayo de 2021, recibida en el Tribunal de Justicia el 31 de mayo de 2021, en los procedimientos entre Colt Technology Services SpA, Wind Tre SpA, Telecom Italia SpA, Vodafone Italia SpA y Ministero della Giustizia, Ministero dello Sviluppo economico, Ministero dell’Economia e delle Finanze, Procura Generale della Repubblica presso la Corte d’appello di Reggio Calabria, Procura della Repubblica presso il Tribunale di Cagliari, Procura della Repubblica presso il Tribunale di Roma, Procura della Repubblica presso il Tribunale di Locri, y entre Ministero della Giustizia, Ministero dello Sviluppo economico, Procura Generale della Repubblica presso la Corte d’appello di Reggio Calabria, Procura della Repubblica presso il Tribunale di Cagliari, Procura della Repubblica presso il Tribunale di Roma y Wind Tre SpA (Curia, 16.3.2023)

La Comisión ha dado a conocer hoy una serie de acciones destinadas a poner la conectividad de gigabit a disposición de todos los ciudadanos y empresas de toda la UE de aquí a 2030, de acuerdo con los objetivos de la Década Digital de Europa, y a facilitar la transformación del sector de la conectividad en la UE. Las iniciativas de hoy en materia de conectividad consisten en lo siguiente:

En primer lugar, la Comisión ha adoptado una propuesta de «Ley de Infraestructuras de Gigabit», que establece nuevas normas para facilitar un despliegue más rápido, barato y eficaz de las redes de gigabit en toda la UE.

En segundo lugar, también ha publicado un proyecto de Recomendación sobre el gigabit para orientar a las autoridades nacionales de regulación sobre las condiciones de acceso a las redes de telecomunicaciones de los operadores con un peso significativo en el mercado, a fin de estimular un abandono más rápido de las tecnologías tradicionales y acelerar el despliegue de redes de gigabit.

En tercer lugar, la Comisión ha puesto en marcha una consulta exploratoria sobre el futuro del sector de la conectividad y de su infraestructura para recabar opiniones sobre la manera en que la creciente demanda de conectividad y los avances tecnológicos pueden afectar a la evolución futura del sector de la conectividad y sus infraestructuras. | RAPID, IP/23/985, 23.2.2023

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-349/21 (HYA y otros (Motivación de las autorizaciones de escuchas telefónicas)) de 16 de febrero de 2023
Procedimiento prejudicial — Sector de las telecomunicaciones — Tratamiento de los datos personales y protección de la intimidad — Directiva 2002/58/CE — Artículo 15, apartado 1 — Limitación de la confidencialidad de las comunicaciones electrónicas — Resolución judicial por la que se autoriza la interceptación, el registro y el almacenamiento de las conversaciones telefónicas de personas sospechosas de haber cometido un delito doloso grave — Práctica conforme a la cual la resolución se redacta en base a una plantilla preestablecida y carente de motivación individualizada — Artículo 47, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Obligación de motivación
En el asunto C-349/21, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Spetsializiran nakazatelen sad (Tribunal Penal Especial, Bulgaria), mediante resolución de 3 de junio de 2021, recibida en el Tribunal de Justicia el 4 de junio de 2021, en el proceso seguido contra HYA, IP, DD, ZI, SS, con intervención de: Spetsializirana prokuratura (Curia, 16.2.2023)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-632/20 P (España/Comisión) de 17 de enero de 2023
Recurso de casación — Relaciones exteriores — Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y Kosovo, por otra — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2018/1971 — Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (ORECE) — Artículo 35, apartado 2 — Participación de la autoridad de reglamentación de Kosovo en este organismo — Conceptos de “tercer país” y de “tercer Estado” — Competencia de la Comisión Europea
En el asunto C-632/20 P, que tiene por objeto un recurso de casación interpuesto, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 24 de noviembre de 2020, Reino de España, representado inicialmente por la Sra. S. Centeno Huerta y posteriormente por la Sra. A. Gavela Llopis, en calidad de agentes, parte recurrente en casación, en el que la otra parte en el procedimiento es: Comisión Europea, representada por los Sres. F. Castillo de la Torre, M. Kellerbauer y T. Ramopoulos, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia (Curia, 17.1.2023)

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