La Comisión Europea ha publicado hoy un informe sobre el mercado de las telecomunicaciones de la UE y su regulación. El informe abarca los años 2012 y 2013. Las principales conclusiones del informe son las siguientes: Los ingresos de la industria siguieron descendiendo en 2013, pero la inversión está comenzando a crecer. El uso de los servicios de telefonía tradicional está disminuyendo, mientras que los servicios por Internet (VoIP) son cada día más populares. El tráfico de datos registra un rápido crecimiento.
Los precios de las llamadas vocales móviles y de los datos son más elevados en la UE que en los Estados Unidos, mientras que el uso del móvil es mayor en los Estados Unidos, lo que da como resultado mayores «ingresos medios por usuario» en dicho país. Solo Dinamarca, Alemania, Letonia y Malta cumplieron el objetivo de 2012 para la autorización de las bandas espectrales específicas; 21 Estados miembros cumplieron finalmente el plazo en 2013, pero el retraso en la asignación de la banda de 800 MHz supuso una importante demora en el despliegue de la 4G móvil en toda la UE. (RAPID, IP/14/850, 22.7.2014)

La Comisión Europea ha autorizado la propuesta de adquisición del Grupo Corporativo ONO (en lo sucesivo, «ONO») por Vodafone Group Plc con arreglo al Reglamento sobre concentraciones de la UE. Ambas empresas prestan servicios de telecomunicaciones fijas y móviles en España. La Comisión ha llegado a la conclusión de que la operación no plantea problemas de competencia, ya que las actividades de las partes son en gran medida complementarias: la principal actividad de ONO está relacionada con las telecomunicaciones fijas, mientras que la actividad de Vodafone se centra principalmente en las telecomunicaciones móviles.
Las actividades de Vodafone y ONO se solapan en una serie de mercados en los mercados de telecomunicaciones fijas y móviles en España. Sin embargo, la Comisión llegó a la conclusión de que los efectos de la operación en estos mercados pueden ser limitados, dado que la entidad resultante de la concentración va a seguir enfrentándose a la competencia de otros importantes agentes del mercado, por ejemplo, el operador histórico, Telefónica, y otros operadores como Orange y Jazztel. (RAPID, IP/14/772, 2.7.2014)

Sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-76/13 (Comisión / Portugal) de 25 de junio de 2014
Manquement d’État – Directive 2002/22/CE – Communications électroniques – Réseaux et services – Désignation des entreprises en charge des obligations de service universel – Transposition incorrecte – Arrêt de la Cour constatant un manquement – Inexécution – Article 260, paragraphe 2, TFUE – Sanctions pécuniaires – Astreinte – Somme forfaitaire
Dans l’affaire C‑76/13, ayant pour objet un recours en manquement au titre de l’article 260 TFUE, introduit le 12 février 2013, Commission européenne, représentée par MM. P. Guerra e Andrade et G. Braun ainsi que par Mmes L. Nicolae et M. Heller, en qualité d’agents, ayant élu domicile à Luxembourg, partie requérante, contre République portugaise, représentée par M. L. Inez Fernandes, en qualité d’agent, assisté de Me L. Morais, advogado, partie défenderesse (Curia.europa.eu, 25.6.2014)

Sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-475/12 (UPC DTH Sàrl / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Elnökhelyettese) de 30 de abril de 2014
Sector de las telecomunicaciones — Redes y servicios de comunicaciones electrónicas — Libre prestación de servicios — Artículo 56 TFUE — Directiva 2002/21/CE — Prestación transfronteriza de un paquete de programas de radio y de televisión — Acceso condicional — Competencia de las autoridades nacionales de reglamentación — Registro — Obligación de establecimiento
En el asunto C‑475/12, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Fővárosi Törvényszék (Hungría), mediante resolución de 27 de septiembre de 2012, recibida en el Tribunal de Justicia el 22 de octubre de 2012, en el procedimiento entre UPC DTH Sàrl y Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Elnökhelyettese  (Curia.europa.eu, 30.4.2014)

El alto tribunal de la UE mantiene que la directiva que obliga a las compañías telefónicas a guardar información de ciudadanos durante dos años atenta contra los derechos fundamentales
Retener los detalles de todas las comunicaciones electrónicas de los ciudadanos europeos hasta un máximo de dos años atenta contra los derechos fundamentales. El Tribunal de Justicia europeo ha tumbado la directiva comunitaria que desde 2006 obliga a las telefónicas y otras empresas de comunicaciones electrónicas a almacenar los datos personales de los ciudadanos por motivos de seguridad. La Comisión Europea ve así anulado el texto porque constituye “una injerencia de gran magnitud y especial gravedad en los derechos fundamentales” que no se limita “a lo estrictamente necesario”.
El tribunal con sede en Luxemburgo emplea una dura argumentación jurídica para desmontar una norma considerada abusiva desde su creación. Al calor de los atentados terroristas del 11 de marzo de 2004 en Madrid –y posteriormente los de julio de 2005 en Londres-, Bruselas legisló para que esas compañías conservaran los datos de las comunicaciones y los pusieran a disposición de las autoridades nacionales para que rastrearan eventuales amenazas terroristas. (El País, 8.4.2014)

Sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos acumulados C-293/12 y C-594/12  (Digital Rights Ireland y Seitlinger y otros) de 8 de abril de 2014
Communications électroniques – Directive 2006/24/CE – Services de communications électroniques accessibles au public ou de réseaux publics de communications – Conservation de données générées ou traitées dans le cadre de la fourniture de tels services – Validité – Articles 7, 8 et 11 de la charte des droits fondamentaux de l’Union européenne
Dans les affaires jointes C‑293/12 et C‑594/12, ayant pour objet des demandes de décision préjudicielle au titre de l’article 267 TFUE, introduites par la High Court (Irlande) et le Verfassungsgerichtshof (Autriche), par décisions, respectivement, des 27 janvier et 28 novembre 2012, parvenues à la Cour les 11 juin et 19 décembre 2012, dans les procédures Digital Rights Ireland Ltd (C-293/12) contre Minister for Communications, Marine and Natural Resources, Minister for Justice, Equality and Law Reform, Commissioner of the Garda Síochána, Irlande, The Attorney General, en présence de: Irish Human Rights Commission, et Kärntner Landesregierung (C-594/12), Michael Seitlinger, Christof Tschohl e.a. (Curia.europa.eu, 8.4.2014)

A veces esto de estar en la Unión Europea tiene sus ventajas. Hoy el Parlamento Europeo ha votado apoyar la iniciativa Connected Continent de Neelie Kroes, iniciativa que entre otras cosas incluye asegurar la neutralidad de red y la eliminación de las tarifas de roaming en los países miembros de la Unión.
La neutralidad de Red dice que toda información que circule por ella debe ser tratada por igual, independientemente de su origen, destino y contenido, algo que hasta ahora ha sido uno de los pilares de su funcionamiento, y que las telecos no siempre han estado muy dispuestas a respetar en aras de hacer negocio. (Microsiervos, 3.4.2014)

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